Fuente: Que.es
Fotografías personales que se replican en diferentes páginas Web, vídeos que dañan la imagen o incluso que vulneran la integridad física son frecuentes en la actualidad e incluso noticia a diario. Ante este hecho ¿qué se puede hacer?.
1.- Localizar al titular de la página Web y requerirle para que cese la vulneración de tus derechos:
- Si se trata de una página Web cuyo titular está en territorio español: debes tratar de localizar la Política de Privacidad de la Web o su Aviso Legal donde podrían estar los datos del titular y el procedimiento que debes utilizar. Y si no hubiera en la Web ningún dato identificativo, accede a la página del organismo público Red.es(www.red.es), para tratar de localizar la ubicación de este titular.
- Si se trata de un titular de una Web extranjera: Podrás localizarle a través de su Política de Privacidad que te puede dar alguna pista de cómo reclamar y/o a través de www.whois.com. En cualquier caso, siempre podrás dirigirte a este propietario de la Web, por escrito y de forma que se acredite que este requerimiento ha sido enviado, apremiándole para que retire de forma inmediata ese comentario o imagen que vulnera tus derechos fundamentales.
2.- Qué hacer si a pesar de haber requerido al titular de la Web para que cese la vulneración de nuestros derechos estos hechos persisten: Denunciar.
- Ante las autoridades, en concreto, los organismos especiales que éstas han creado debido al importante aumento y la rápida evolución de los delitos informáticos con la finalidad de investigar y combatir los delitos relacionados con Internet y las nuevas tecnologías: La Brigada de Investigación Tecnológica (BIT) destinada a la investigación de las nuevas formas de delincuencia y que pertenece al Grupo de delitos telemáticos de la Policía Judicial.
El Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil (GDT). La colaboración de la Interpol muchas veces es imprescindible, aunque suele estar más implicada cuando se trata de casos de menores de edad. En cualquier caso, la denuncia policial es el primer paso, pues abre la actuación judicial, única forma legal de lograr la retirada de contenidos de la Red.
- Ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD): Al vulnerar el derecho a la intimidad este hecho puede ser denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que es el órgano competente cuya sede está ubicada en Madrid. Denunciar por vulneración de este derecho es muy sencillo. Deberemos presentar un escrito de denuncia ante este organismo, que se puede remitir por correo postal acompañando documentos o cualquier otro tipo de prueba que pueda corroborar los hechos denunciados. |