Boletín nº1 Enero 2009
 

       
Noticias de prensa
 
Protección de Datos sanciona a Outeiro de Rei por censar presos y ancianos de un geriátrico.
 

 

Fuente: LA VOZ

El concello lugués los incorporó en un trámite de oficio, sin avisarlos, al padrón municipal

Hay que remontarse casi dos años atrás. En abril de 2007,el director de la Agencia Española de Protección de Datos ordenó la apertura de una investigación por el empadronamiento de oficio que estaba realizando el concello lucense de Outeiro de Rei con presos de la cárcel de Bonxe y personas que vivían en un geriátrico de la localidad, el Centro Carlos IV. Ni se avisó a ninguno de su incorporación al censo del municipio, ni la medida pasó por el obligado trámite de audiencia pública.

Ahora la entidad que se encarga de velar por la intimidad y la seguridad de la información personal en España acaba de imponer al ayuntamiento dos sanciones graves por no dar cuenta a las personas afectadas de su inclusión como residentes y por no tener un fichero para proteger los datos.

Los inspectores de la Agencia pudieron comprobar en su visita al concello que, efectivamente, el censo no estaba inscrito en el Registro General de Protección de Datos. El padrón está gestionado por una aplicación informática adquirida a una empresa.

La incorporación de la información de los internos del Centro Penitenciario de Bonxe y el geriátrico Carlos IV se había realizado en marzo de 2006. El concello remitió un escrito a ambos centros solicitando nombre, apellidos, sexo, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, DNI y lugar de procedencia de cada uno de sus residentes.

Tanto la cárcel como la residencia de la tercera edad lo hicieron y entre los meses de junio y agosto de ese mismo año se efectuó la incorporación al padrón sin el correspondiente trámite de audiencia por “un error administrativo”.

En el Instituto Nacional de Estadística, una vez que recibieron los datos, comprobaron que alrededor de 50 de los nuevos empadronados no residían ya en el lugar y otro importante número solicitaba que se diera marcha atrás en la inscripción en el censo de Outeiro de Rei. El resto, según comprobó la inspección de la Agencia, seguían reflejados: 261 correspondían a presos de Bonxe y 122 eran residentes en el geriátrico.

La Dirección General de Instituciones Penitenciarias llegó a trasmitir al máximo responsable de la Agencia Española de Protección de Datos su preocupación por la medida emprendida por el concello lugués. Su regidor, en cambio, el popular José Pardo, defendió la legalidad de la medida cuando se conoció, amparándose en el artículo 15 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local que impone la obligación de empadronarse a toda persona que resida durante más de un año en un mismo lugar. Sin embargo, durante las investigaciones, el ayuntamiento no remitió ninguna alegación a la Agencia.

La resolución establece que el concello incumplió dos artículos de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Por un lado, el que obliga “al consentimiento inequívoco del afectado” en el tratamiento de los datos de carácter personal; y, por otro, la obligación de anunciar la creación de un fichero del padrón. Por tratarse de un organismo público, las sanciones no son económicas, pero el ayuntamiento tendrá que “tomar las medidas oportunas” para arreglarlo.