La Conselleria de Educación valenciana regulará el uso de cámaras en los colegios para evitar instalaciones ilegales.
La Agencia de Protección de Datos multó a la conselleria tras la colocación de dispositivos en baños del instituto Abastos

La Conselleria de Educación está ultimando una instrucción que será de obligado cumplimiento en los centros que disponen de cámaras de vigilancia y para los que vayan a recurrir a estos sistemas para prevenir robos o actos vandálicos en las instalaciones.

El objetivo del documento es sintetizar todas aquellas directrices y premisas legales necesarias para evitar que esta medida choque con las disposiciones de la Ley de Protección de Datos, especialmente sensible en todo lo relacionado con la captación de imágenes personales. Desde el departamento que dirige María José Català se refirieron a varias de las exigencias que incluirá la instrucción, que resume los principales aspectos de la ley. Por ejemplo, se deben ubicar encaradas hacia zonas comunes o accesos, es necesario eliminar las imágenes con la periodicidad establecida por la normativa, sólo se autorizarán si no existen otros medios de vigilancia menos invasivos y las imágenes no podrán utilizarse para tareas de control escolar. Además, no se permitirán cámaras en zonas sensibles, como los baños o vestuarios.

El borrador del documento pasó el pasado miércoles por la mesa sectorial de Educación a la que estaban convocados los sindicatos, que no acuden a estos foros de negociación desde enero en protesta por los recortes del decreto contra el déficit.

Para entender la necesidad de contar con esta síntesis normativa hay que remontarse al 9 de abril de 2008, cuando el consejo escolar del IES Abastos de Valencia aprobó por unanimidad la colocación de un sistema formado por 24 cámaras. La medida se justificó en la necesidad de evitar los robos y actos vandálicos que se venían produciendo en las instalaciones, incluyendo los destrozos en los baños. Sin embargo, el 1 de noviembre el Sindicato de Estudiantes denunció la puesta en marcha de los dispositivos, haciendo especial hincapié en las cuatro que se ubicaron en el interior de los lavabos, lo que derivó en la apertura de una investigación por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.

Retirada cautelar

En la resolución del organismo, refiriéndose a las pruebas aportadas por la Conselleria, se señalaba que el sistema empezó a operar el 15 de octubre de 2008. Hasta el 1 de noviembre, cuando el sindicato informó de la situación, no se produjo ninguna queja formal en el instituto por este motivo. Eso sí, tras la repercusión del caso el centro decidió parar la grabación el día 3 como medida cautelar, mientras que al siguiente retiró las cámaras de los baños. Dos desaparecieron y las restantes se situaron en el exterior de los mismos. Esto provocó que a las pocas horas volvieran a producirse desperfectos en un aseo.

El procedimiento iniciado por la Agencia finalizó en 2010 con una sanción a la Conselleria de Educación por una infracción grave al contravenir dos artículos de la Ley de Protección de Datos. En cuanto al primero (4.1), se consideró que la colocación de aparatos en las zonas citadas contravenía el principio de proporcionalidad, al ser una medida excesiva para el fin que se buscaba e intrusiva en la intimidad de las personas.

Sobre el segundo (20), se dijo que al iniciarse las grabaciones no existía la autorización necesaria para la creación de un fichero de imágenes asociado. Por último, la Agencia recomendó tomar las medidas necesarias para evitar nuevas infracciones de este tipo, algo que se concretará en la instrucción para los centros que prepara el departamento.

(Fuente: Las Provincias)